Recuperación de impuestos europeos

Para empresas de transporte que operan en rutas europeas: IVA intracomunitario, devoluciones país por país (Francia, Alemania, Reino Unido, Suiza…), TICPE, gasóleo profesional e IGIC Canarias.

  1. Documentación
  2. Viabilidad
  3. Tramitación
  4. Cobro
1 — IVA internacional

Recuperación en la UE y mercados con procedimiento aplicable

Más allá de las fronteras, buena parte del IVA y otros tributos repercutidos sobre su gasto puede recuperarse cuando la actividad y la documentación encajan en cada país: es liquidez que vuelve a su tesorería. En GTVAT llevamos más de tres décadas enfocados en recuperación fiscal internacional: priorizamos lo viable, ordenamos el expediente y lo tramitamos ante cada administración para que usted dedique el mínimo tiempo a la gestión y el máximo a su negocio.

Asumimos el análisis, la solicitud, la presentación y el seguimiento hasta el cobro; contrastamos cada caso con la normativa local y la prueba documental para reducir rechazos y demoras. Propuesta clara, gestión integral del ciclo del expediente y comunicación continua con su equipo — sin rodeos ni procesos que le roben tiempo útil.

El portal para clientes es un canal que no ofrecen todos los gestores: visibilidad del estado del expediente por país, alertas ante requerimientos de documentación y registro de resolución y pago — control actual que complementa el seguimiento directo con su gestor GTVAT (acceso desde el icono de portal en la cabecera). La recuperación no es solo transporte, ferias u obra: también atendemos sectores como telecomunicaciones, residuos, química, banca, industria, deporte y otros con operativa internacional y gasto deducible.

Flota y rutas

Transporte internacional

Cada frontera y cada mes de operación acumulan gasto con carga fiscal asociada que a menudo no vuelve si las facturas no están bien ordenadas. Le ayudamos a llevar ese gasto inevitable hacia la devolución donde la normativa lo permite, con seguimiento hasta cobro.

Presencia comercial

Ferias y congresos

Stand, montaje y servicios del salón son inversión en ventas; también pueden integrar oportunidades de recuperación cuando el gasto y el país encajan. Acompañamos para que el retorno del evento no se diluya en la parte fiscal.

Obra e instalación

Proyectos y equipos desplazados

Equipos fuera de casa durante meses generan alojamiento y costes acoplados al proyecto. Diseñamos la recuperación alineada con su obra o instalación, siempre con documentación defendible ante la administración competente.

Plazo mínimo según país

Te informamos del plazo legal de respuesta que aplica cada administración y una previsión realista del ingreso en cuenta según tu expediente y el Estado miembro.

Importe recuperable

Acotamos el máximo recuperable con tus facturas y la normativa vigente, sin cifras genéricas: optimizamos la solicitud dentro de lo que admite cada país.

Comisión de gestión

Honorarios competitivos y acordes al volumen y al resultado; propuesta por escrito antes de iniciar la tramitación.

100 % online

Documentación, seguimiento del expediente y comunicación en canal digital, adaptado a flotas que operan en ruta.

Auditoría de facturas

Detectamos gasto recuperable y reducimos rechazos por errores formales antes de presentar.

Gestión integral

Preparamos el expediente, lo presentamos ante la administración y respondemos a requerimientos.

Seguimiento e informe

Controlamos el estado del expediente por país — envíos, pendientes y próximos hitos — y comunicamos los importes reclamados y la situación actualizada en un informe claro.

Plazos oficiales de presentación en Europa

Facturas del año natural anterior (1 enero – 31 diciembre). El incumplimiento del plazo supone la pérdida definitiva del derecho.

Empresas comunitarias — plazos (8.ª Directiva)

Atención — Plazos críticos: mientras el plazo general europeo finaliza el 30 de septiembre, las solicitudes de devolución de IVA en Chipre deben presentarse antes del 30 de junio. No deje pasar esta fecha: es el único país de la UE con un calendario reducido.

País de reclamación — extracomunitarios (13.ª Directiva)

Aviso GTVAT: recomendamos la recepción de expedientes antes del 31 de mayo para garantizar su procesamiento antes del cierre oficial del 30 de junio.

La recuperación extracomunitaria (13.ª Directiva) está sujeta a acuerdos de reciprocidad vigentes entre países. GTVAT verifica la viabilidad antes de iniciar cada expediente.

Dónde operamos

Actuamos como su interlocutor directo ante las administraciones tributarias europeas, gestionando la recuperación de IVA en toda la Unión Europea y en terceros mercados con reciprocidad confirmada. Estas fichas son una referencia operativa para optimizar el flujo de caja de su flota.

Unión Europea (Mercado Intracomunitario)

Recuperación de cuotas mediante la 8.ª Directiva. Gestionamos expedientes en los 27 Estados miembros, con especial foco en los corredores logísticos de mayor consumo.

Francia

El mercado con mayor impacto por el binomio kilometraje/consumo. Tramitamos el VAT Refund Francia y la devolución del impuesto especial TICPE con frecuencia trimestral.

Bélgica

Gestión de impuestos especiales sobre carburantes y recuperación de IVA, con asesoramiento en la obtención de autorizaciones previas obligatorias para el transporte pesado.

Italia

Recuperación de IVA en peajes y combustible y devolución de impuestos especiales sobre el carburante. Alineamos su facturación con los registros de circulación para evitar inspecciones en el IVA Italia transporte.

Portugal

Conexión logística esencial. Gestionamos la recuperación de IVA mediante la 8.ª Directiva. Es vital vigilar la correcta aplicación de la inversión del sujeto pasivo en los servicios de transporte transfronterizos para evitar bloqueos en la devolución.

España (Canarias — IGIC)

Para flotas con operativa en las Islas Canarias, gestionamos la recuperación del IGIC (Impuesto General Indirecto Canario). Al ser un territorio fuera del ámbito del IVA comunitario pero bajo soberanía española, requiere un tratamiento documental específico y una alineación estricta con las declaraciones de aduanas (DUA).

Alemania

Validación de facturación electrónica y contratos de leasing. El rigor alemán exige una correspondencia exacta entre matrícula y titular de la factura.

Países Bajos

Recuperación de IVA en servicios auxiliares y energía. Analizamos posibles periodos retroactivos conforme a la normativa neerlandesa aplicable y a la documentación disponible en cada expediente.

Mónaco (vía Francia)

Mónaco es territorio IVA de la UE (sistema francés). La recuperación se tramita por la 8.ª Directiva con plazo del 30 de septiembre, igual que Francia. No aplica la 13.ª Directiva.

Otros países UE

Gestionamos su recuperación en Eslovenia, Polonia, Hungría, Letonia, Dinamarca, Irlanda, Finlandia, Suecia, Malta, Eslovaquia, Chequia, Croacia, Bulgaria y Lituania.

Fuera de la UE — Presentación en España (13.ª Directiva)

Para empresas no establecidas en la UE que soportan gastos en territorio español, la recuperación está sujeta a la 13.ª Directiva. España condiciona la devolución a la existencia de reciprocidad y, cuando proceda, al nombramiento de representante fiscal.

Plazo crítico: la solicitud debe presentarse antes del 30 de junio del año siguiente al periodo de devengo. Ver tabla de plazos.

Países con reciprocidad confirmada por la AEAT (consulte cada ficha para detalle operativo):

Reino Unido (Post-Brexit)

Tras el Brexit, las empresas británicas pasan a solicitar la devolución del IVA español bajo el procedimiento de la 13.ª Directiva.

España reconoce actualmente la existencia de reciprocidad de trato con el Reino Unido, permitiendo a empresas establecidas en Reino Unido solicitar la devolución del IVA soportado en España.

En la práctica, pueden solicitar la devolución de determinadas cuotas soportadas en España, incluyendo gastos vinculados al transporte internacional como combustible, peajes y servicios relacionados, sujeto al cumplimiento de los requisitos documentales y de reciprocidad.

La devolución queda condicionada al cumplimiento de los requisitos de la normativa española, la correcta emisión de las facturas y, cuando proceda, al nombramiento de representante fiscal en España.

Suiza

Reciprocidad amplia y previsible. Ideal para empresas de transporte que utilizan España como base logística.

Noruega

Acuerdo estable para el transporte de mercancías. Validamos la deducibilidad según el tipo de servicio prestado.

Canadá y Japón

Reciprocidad confirmada para gastos específicos como reparaciones, alojamiento y ferias. Consultar viabilidad caso a caso.

2 — TICPE

Devolución de Impuestos Especiales (TICPE)

Gestionamos el reembolso del impuesto sobre el consumo de productos energéticos en Francia, Bélgica, Italia y otros estados miembros para flotas de mercancías y viajeros.

Nos encargamos de la preparación y presentación del expediente, la representación cuando sea exigida y la gestión de autorizaciones previas o documentación adicional, con seguimiento hasta la resolución.

  • Tramitación ante administraciones competentes conforme a la normativa de cada Estado miembro
  • Ámbito orientado a operadores de transporte de mercancías y de viajeros
  • Seguimiento documental y plazos de reclamación aplicables en la Unión Europea

Países con tramitación habitual (según requisitos y autorización previa cuando aplique):

  • Francia: mercado más importante. Presentación trimestral.
  • Italia: presentación trimestral.
  • Bélgica: puede requerir autorización previa.
  • Eslovenia: puede requerir autorización previa y documentación específica.

Requisitos para solicitar la devolución del impuesto sobre carburantes (según país y normativa vigente):

  • Vehículo con peso de al menos 7,5 toneladas matriculado en la Unión Europea
  • Empresa de transporte de mercancías o de pasajeros ubicada en la UE
  • Facturas abonadas con tarjeta de carburante o tarjeta de crédito
  • En Francia, las solicitudes se presentan trimestralmente

Documentación necesaria (puede variar por país):

  • Copias de los títulos de propiedad, leasing, arrendamientos o contratos de los vehículos
  • Copias de las fichas técnicas y permisos de circulación
  • Copias de las facturas de gasóleo profesional
  • Poder de representación a favor de Gestión Transporte VAT Consulting

Mantenemos informados a nuestros clientes en todo momento de las gestiones realizadas y remitimos un informe de las cantidades reclamadas tras la presentación de las solicitudes.

3 — Gasóleo Profesional

Devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos

El Gasóleo Profesional es un mecanismo de devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos para transporte profesional. En GTVAT gestionamos el alta, la tramitación y el control de requisitos para que no pierdas el derecho y cobres lo que te corresponde.

Beneficiarios (según normativa vigente):

  • Transporte de mercancías: vehículos con un peso máximo autorizado igual o superior a 7,5 toneladas.
  • Transporte de viajeros: categorías M2 o M3 (autobuses/autocares).
  • Taxi: vehículos destinados al servicio público de taxi con licencia vigente.

Para no perder el derecho, es obligatorio:

  • Estar inscrito en el Censo de Beneficiarios de Gasóleo Profesional.
  • Utilizar tarjetas de gasóleo profesional como medio de pago (o disponer de depósito de consumo propio legalizado con contador).
  • Presentar la declaración anual de kilómetros antes del 31 de marzo del año siguiente.

En GTVAT gestionamos el alta y te acompañamos en todo el proceso para que quede correctamente configurado y no pierdas el derecho.

4 — IGIC Canario

Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)

  • Gestión del IGIC canario (Impuesto General Indirecto Canario) para empresas peninsulares con operativa en las Islas
  • Asesoramiento en obligaciones fiscales del transporte peninsular–canario
  • Coordinación ante la Agencia Tributaria en el ámbito competente para el recobro

¿Cuánto puedes recuperar?

Escríbenos con los países en que operas y analizamos tu caso sin compromiso.

info@gtvat.es →

Preguntas frecuentes

Recuperación fiscal y devoluciones en Europa — dudas frecuentes

Se pueden recuperar gastos directamente relacionados con la actividad de transporte internacional como combustible, peajes, hoteles, talleres, reparaciones, aparcamientos y servicios asociados al vehículo.

Para ser deducibles deben estar correctamente facturados y vinculados a la actividad económica en el país donde se solicita la devolución bajo la 8ª Directiva o acuerdos internacionales.

No hay un porcentaje fijo: el importe recuperable depende del Estado miembro donde se originó el gasto, del tipo de gasto y de si la normativa de ese país admite deducción total o parcial; en supuestos procedentes puede recuperarse hasta el 100 % del IVA soportado sobre ese gasto, y en otros una parte menor.

También pesa el régimen aplicable al cliente (operador establecido en la UE frente a empresa de un tercer país con otro procedimiento, p. ej. 13.ª Directiva): el país de procedencia y el país de devengo del impuesto no son intercambiables. La documentación y la actuación de cada administración condicionan el resultado.

La recuperación se realiza presentando facturas válidas ante las administraciones fiscales del país correspondiente bajo la 8ª Directiva (UE) o acuerdos internacionales.

El combustible, peajes y gastos operativos pueden ser parcialmente o totalmente recuperables si cumplen requisitos fiscales y están correctamente documentados.

Se requieren facturas completas emitidas a nombre de la empresa con datos fiscales correctos, desglose del IVA, fecha, proveedor y descripción del servicio.

En algunos países también se pueden solicitar justificantes de pago o documentación adicional dependiendo del importe o tipo de gasto.

Las facturas deben incluir número, fecha, datos fiscales completos del proveedor y del cliente, descripción detallada del gasto, base imponible, tipo de IVA aplicado y total.

Facturas incompletas, sin datos fiscales correctos o sin desglose de IVA pueden ser rechazadas por las administraciones.

El plazo medio de devolución del IVA internacional oscila entre 4 y 12 meses dependiendo del país y del volumen de revisión administrativa.

En algunos casos puede extenderse si la administración solicita documentación adicional o realiza comprobaciones fiscales.

Muchas empresas tienen la sede o el domicilio fiscal fuera de la Unión Europea y, aun así, soportan IVA en Estados miembros por transporte internacional, ferias u otros gastos profesionales. Las fichas con esos países indican el origen del cliente para orientar qué tipo de expediente encaja; no sustituyen al Estado miembro donde se pagó el impuesto ni donde debe reclamarse.

Toda solicitud de recuperación se dirige a la administración del Estado miembro donde se originó el gasto, con el procedimiento que corresponda según su situación (por ejemplo operador establecido en la UE frente a empresa de un tercer país en la 13.ª Directiva, donde cada Estado publica su lista de reciprocidad). Además, en algunos países el gasoil queda excluido para reclamantes no comunitarios. En GTVAT revisamos antes los requisitos y la documentación en cada caso.

El gasóleo profesional permite recuperar parte del impuesto aplicado al combustible utilizado en transporte profesional.

La devolución se calcula en función del consumo declarado y la normativa vigente en cada país, pudiendo suponer un ahorro significativo para flotas internacionales.

Sí, en muchos países es posible recuperar impuestos de ejercicios anteriores siempre que no haya prescrito el plazo legal de reclamación.

Es necesario disponer de facturas válidas y documentación que justifique correctamente los gastos.

Es el canal donde consultar el estado de los expedientes una vez presentados ante cada administración: fase del trámite, requerimientos de documentación y cuándo consta resolución y pago.

El acceso está en el icono de portal de la cabecera (portal GTVAT). Si necesita credenciales, solicítelas a su contacto habitual en GTVAT.

En la 13.ª Directiva, muchos Estados miembros solo reembolsan el IVA a empresas de un tercer país si existe un acuerdo de reciprocidad con ese país; cada administración publica su lista oficial. Si el país de origen del reclamante no figura o no cumple los requisitos, la devolución puede ser denegada aunque la factura sea correcta.

Independientemente de la reciprocidad, Alemania y Francia excluyen expresamente el reembolso del carburante (gasoil) para empresas no establecidas en la UE en este procedimiento. Por eso conviene analizar cada gasto y cada Estado miembro antes de presentar; en GTVAT contrastamos listas, exclusiones y documentación aplicables.